¿Quiénes pueden hacerlo?
Circulación de personas durante estado de emergencia

¿Quiénes pueden circular durante el estado de emergencia?

En este día 2 del estado de emergencia se ha podido ver a menos personas y unidades de transporte público en las calles.

Con la declaratoria de estado de emergencia por la presencia del coronavirus en el Perú, el Gobierno estableció restricciones en el tránsito y movilización de la ciudadanía. Algunos podrán continuar con el libre desplazamiento según la actividad que realicen.

El Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM dispuso que desde las 23:59 horas del lunes 16 de marzo y durante los siguientes 15 días, solo algunos ciudadanos continuarán desplazándose en medio de la cuarentena.

Entre ellos están los ciudadanos que laboren el sector salud, también quienes trabajen en bancos, quienes estén a cargo del cuidado de personas en estado de vulnerabilidad, discapacidad o adultos mayores.

Asimismo, podrán circular quienes necesiten adquirir productos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público. Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.

Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento. Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.

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