1% del calor del vehículo
Impuesto vehicular

¿Qué es el impuesto vehicular?

Al convertirte en el propietario de un vehículo deberás de efectuar un pago cada 1 de enero de cada año, que se realizará durante los 3 años consecutivos desde la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. 

Este Impuesto al Patrimonio Vehicular con un periodo anual registra la propiedad de los vehículos y aplica para automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y omnibuses.

Documentación

Para realizar la declaración del vehículo el propietario deberá de presentar una serie de documentos iniciando con presentar su DNI, presentar último recibo de algún servicio sea de luz, agua, cable o teléfono del domicilio del propietario.

En el caso se presente un representante, este deberá un documento de poder público o privado legalizado ante un notario o certificado por el fedatario del SAT.

Se deberá presentar el documento original más una copia simple del documento que sustente la adquisición del vehículo, como a copia de la factura, la copia de la boleta de venta, el acta de transferencia o declaración de aduanas. Además de la tarjeta de identificación vehicular.

Entre otras gestiones se presentarán, la donación, herencia, remate, permuta, fusión, escisión, anticipo de legítima, adjudicación, en todos los casos el documento que acredite la propiedad.

Por otro lado, el porcentaje de la tasa del impuesto será de 1%, esto se genera en base al valor original de la adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, que va en relación a la tabla referencial que cada año aprueba el Ministerio de Economía de Finanzas de acuerdo al valor del ajuste por antigüedad del vehículo.

¿Dónde puedo hacer la declaración?

Agencias SAT

Concesionarias Afiliadas

Notarias afiliadas

Fuente: Servicio de Administración Tributaria de Lima 

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