Licencias de conducir
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Modificaciones para la obtención de licencias

MTC modifica el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir.

En el sector público se busca uniformizar y simplificar los procedimientos administrativos, objetivos que son llevados por las diversas dependencias como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Por ello ha dictado un decreto supremo que ha dispuesto modificaciones al Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir (D.S. N.° 007-2016-MTC).

De acuerdo a la norma, la vigencia de la licencia de conducir particular se amplía de 5 a 10 años, para aquellas que se otorgan o revalidan a partir de la puesta en marcha de la presente norma. Dicho periodo podrá ser reducido según el récord de infracciones del conductor.

Es decir, si el conductor, antes de esta norma, nunca cometió una infracción o hubiera cometido infracciones leves, la vigencia será por 10 años. Si hizo una infracción grave o muy grave, la vigencia será de 8 años y si estuviera incurso en una suspensión, la vigencia será de 5 años.

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